En 1991 se publicó el Real Decreto 1080/1991 con la lista de países o territorios considerados por España como “paraíses fiscales”.
Ciertamente la inclusión de un territorio en esa lista determinaba en principio una serie de desventajas fiscales y de control especialmente relacionadas con el “fraude fiscal” o de tipos de impuestos para operaciones realizadas con incidencia España.- Más tarde con las nuevas y estrictas medidas de prevención del blanqueo de capitales, las restricciones y controles se ampliaron e hicieron más estrictos.
Ello ha traido consigo convenios entre España y esos países y territorios, lo que ha determinado que “salgan de la lista de paraísos fiscales los siguientes:
Principado de Andorra
Aruba
República de Chipre
Emiratos Árabes Unidos
Hong-King
Las Bahamas
Barbados
Jamaica
República de Malta
República de Trinidad y Tobago
Gran Ducado de Luxemburgo
República de Panamá
República de San Marino
República de Singapur
Antillas Neerleandesas.
Desde 10.11.2010 las Antillas Neerlandesas dejaron de existir como tales.- A partir de esa fecha San Martin y Curaçao tienen el mismo estatus que Aruba (forman parate de los Paises bajos pero gozan independencia), mientras que Saba, San Eustaquio y Bonaire forman parte de los Países Bajos.
FUENTE: MINISTERIO DE HACIENDA
Lizarza Abogados
Marbella, 02.02.12015