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NUEVO REQUISITO PARA LA VENTA DE EDIFICACIONES

EFICIENCIA ENERGÉTICA

EFICIENCIA ENERGÉTICA

OBLIGATORIEDAD DE UN CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA PARA LAS PROPIEDADES QUE SE ARRIENDEN O VENDAN  A  PARTIR DEL DÍA 1 DE JUNIO DE 2013.

El próximo día 1 entra en vigor la obligación de mostrar a cualquier persona que desee arrendar o comprar una edificación o vivienda el llamado “CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA”.- En caso de que se consume el arrendamiento o la venta de la edificación habrá que “entregársele esa certificación».

Así está previsto en el Real Decreto 2305/2013, que incorpora a la ley española las previsiones de la Directiva 2010/31UE, por lo que esta obligación tiene su equivalente en toda la Unión Europea.

Este certificado incluirá información objetiva sobre la eficiencia energética  de un edificio y valores de referencia tales como  requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de este puedan comprobar  y evaluar su eficiencia energética.

Esta obligación afecta a las nuevas edificaciones pero también a las antiguas, a los arrendadores o vendedores, ya sean empresarios o particulares, y tiene como destinatarios a los arrendatarios y compradores, sean o no consumidores o se trate de viviendas u otra clase de edificiaciones.

Este certificado será emitido por profesionales habilitados para este cometido conforme a las disposiciones de Orden Ministerial.

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